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| ¿Es obligatorio estar colegiado para ejercer la profesión de protésico dental? |
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Si, de manera clara y contundente el articulo 6 apartado 3 de la Ley 10/1999 de 26 de Mayo de Creación de Colegios Profesionales, establece como requisito indispensable, para el ejercicio de la profesiones colegiadas, hallarse incorporado al Colegio correspondiente, ya se trate de trabajadores autónomos o empleados por cuenta ajena.
Además existen sentencias firmes que corroboran lo establecido en la ley.
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| ¿Qué es un protésico Dental? |
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El Protésico Dental es un profesional titulado en formación profesional de grado superior.
El Protésico Dental diseña, prepara, elabora, fabrica y comercializa las prótesis dentales, mediante la utilización de los productos, materiales, técnicas y procedimientos conforme a las indicaciones y prescipciones de los odontólogos.
Los Protésicos Dentales tienen plena capacidad y responsabilidad respecto de las prótesis dentales que elaboran o suministran y de los centros, instalaciones o laboratorios correspondientes.
Los laboratorios de prótesis dentales deberán ser dirigidos por protésicos dentales que se hallen en posesión del título de formación profesional de segundo grado o la habilitación profesional administrativa. |
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| ¿Qué es una Prótesis Dental? |
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La prótesis dental es un producto sanitario a medida, fabricado específicamente según la prescripción escrita de un facultativo especialista, en la que éste haga constar bajo su responsabilidad las características específicas de diseño, y que se destine únicamente a un paciente determinado.
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